Todo aquel familiarizado con la discografía de No Te Va Gustar (NTVG) sabe que Emiliano Brancciari, guitarrista y principal compositor de la banda uruguaya, no está ajeno a escribir canciones con una fuerte carga o asociación a situaciones o fenómenos sociales y políticos específicos. Ninguno de los diez discos de estudio de NTVG está exento de contar con al menos una canción que pueda asociarse a alguna de las problemáticas emergentes del momento.
Lo anterior aplica en Luz (2021), su disco más reciente y que tuvo a “Venganza” como su segundo corte de difusión. Esta canción, que nos presenta una colaboración entre NTVG y la artista urbana argentina Nicki Nicole, representa una denuncia bastante directa contra la violencia de género, las relaciones de maltrato, y el feminicidio.
Al analizar esta canción tendremos la oportunidad de echar un ojo a lo que es el blaming the victim (culpabilización a la víctima), una tendencia social donde a la víctima de un delito o situación se le atribuye una responsabilidad parcial o plena de la misma, lo que deja de lado al perpetrador o, siguiendo la terminología, al victimario o victimarios. Esta será nuestra puerta de entrada para examinar a vuelo de pájaro dos fenómenos estudiados en el ámbito de la psicología social: la “hipótesis del mundo justo” y la “hipótesis de las atribuciones defensivas”.
Análisis
El inicio de la pista nos sugiere un distanciamiento sentimental y probable repulsión del hombre hacia la mujer a través de una aparente reducción del mismo (voy a brindar hoy en particular porque acá estás mirándome otra vez). Nos sugiere, además, que la mujer está plenamente consciente de este alejamiento, pero que igualmente celebra el posible acercamiento sentimental que ella interpreta a partir del gesto de observarla nuevamente. Sin embargo, la mujer rápidamente se desencanta al ver que los ojos de su pareja no transmiten sentimientos de amor precisamente (cuánta agresividad vi en esos ojos).
El estribillo de la canción no deja nada a la imaginación al momento de abordar los sentimientos de miedo, inseguridad y odio que pueden experimentar las mujeres víctimas de la violencia de género (no te dolió verme asustada, voy a morderte la cara y a esperar que poco a poco te mueras). Aquí es evidente que todo sentimiento albergado por la mujer ha sido desplazado por un profundo resentimiento que se manifiesta en una agresión que fácilmente podría darse en un forcejeo con el hombre de la relación.
La segunda estrofa indica un cambio sustancial en la balanza de poder, ahora es la protagonista quien tiene el control sobre su maltratador (¿Y ahora qué? No pidas ayuda. Nadie te va a escuchar, así que ni lo intentes) y quien probablemente tome el papel de agresor en defensa propia (todo ese dolor vuelve multiplicado, por cada día sufrido, por cada recuerdo, por cada llanto). Fuera del tercer verso, que ya vamos a analizar, esta sería la parte donde más se visibiliza el sufrimiento físico y mental de la agredida en el marco de su relación, sufrimiento que va almacenándose en su interior y que solo necesita del estímulo adecuado para estallar.
Llegamos a la tercera estrofa, cantada en su totalidad por Nicki Nicole, que agrega un cambio de estilo bastante interesante a lo que NTVG nos tiene acostumbrados y que se debe por completo a la pertenencia de la artista con el género urbano que se ha desarrollado en los años recientes y a su particular forma de cantar.
Todo empieza cuando ella visibiliza dos elementos que no se hacen del todo presentes en la canción, pero que pueden intuirse: la manipulación del agresor y su necesidad de mantener control sobre la vida de la violentada (te metiste en mi razón, me hiciste creer que mi forma e vestir era una provocación. Nunca me dejaste ser, decidiste por mí). Pese a que a estas alturas está sobreentendido, no está de más indicar que la violencia de género no se manifiesta únicamente en las agresiones físicas, sino que tiene una dimensión psicológica bastante relevante e incidente en la trágica situación de la narradora.
Uno de los momentos más importantes de esta sección ocurre cuando la narradora hace referencia a su posible muerte y a las especulaciones que algunas personas podían haber hecho sobre ella (¿Qué habrá hecho? ¿Dónde estaba? ¿Cuándo fue que le pasó? Quizá todo esto ella misma lo provocó. Sabía lo que hacía, donde iba y donde estaba). Este es un apunte bastante directo a lo que es el blaming the victim en el ámbito de los crímenes cometidos hacia las mujeres, toda vez que Nicki señala que quizá las personas la culpen a ella por lo sucedido en vez de al agresor.
El final de esta estrofa señala otra conducta que los maltratadores pueden tomar hacia sus parejas (¿te parece normal perseguirme de madrugada?), pero lo verdaderamente importante aquí es la referencia a la solidaridad existente entre mujeres, tanto las que fueron víctimas de agresiones similares como las que lo son o no lo han sido, al menos todavía (esto es por mí y por todas, voy a hacerte sentir lo que yo siento ahora).
La culpabilización a la víctima
La tercera estrofa de esta canción probablemente es la más interesante para el análisis porque arroja pistas sobre el fenómeno mencionado en la introducción, el blaming the victim o culpabilización a la víctima, una tendencia asociable a las situaciones de violencia de género, pero que puede aplicarse para analizar otros órdenes de circunstancias.
Recordando lo dicho en la introducción, la culpabilización a la víctima consiste en responsabilizar parcial o completamente a la persona o personas del daño que reciben por un hecho específico o continuidad de circunstancias, una situación donde el victimario o victimarios involucrados no reciben toda la atención que, en teoría, deberían recibir al ser los perpetradores del hecho.
La culpabilización a la víctima es un asunto que sobrevuela los casos de violación y violencia de género en general, toda vez que se coloca el acento sobre las acciones y conductas de la agredida y no en las deficiencias del orden, patrones e instituciones sociales que dan lugar a los agresores, ni en los agresores en cuanto tales. Muestras de ello son las posibles señalaciones hacia el modo de vestir de la víctima al momento de la agresión, su comportamiento en el día a día o una situación puntual, o su presencia en determinados lugares en horas específicas.
Los ejemplos mencionados tienen un elemento común: han sido o pueden ser usados como “justificaciones” para la conducta predatoria de los agresores sexuales, categorizándolos así como factores o determinantes principales de su modo de proceder. El deterioro moral del victimario o victimarios son relegados a un segundo plano, se piensa como una variable pasiva e influenciable en el marco de un discurso que señala a la agredida como motivante y causante de su sufrimiento.
Otros ámbitos de culpabilización
La culpabilización a la víctima no es un fenómeno exclusivo en casos de violencia de género, es un punto de mira susceptible a usarse para otras situaciones. Inicialmente, se podría decir que es un recurso para atribuir de manera individual (la víctima o víctimas en cuestión) unas deficiencias o errores que han tenido lugar por acción o inacción de la sociedad y sus componentes y que se expresan en el deterioro moral del victimario cuando se habla de delitos.
Aparte de los hechos de agresión sexual, otros crímenes que pueden ser asociados con la culpabilización de la víctima son los robos y hurtos. Así como los casos anteriormente examinados, los argumentos se orientan hacia la víctima y sus acciones o descuidos más que a la naturaleza y características del atacante.
En este caso, se hace énfasis en el descuido y desatención de la víctima al exponer bienes altamente valorados en lugares o situaciones que se perciben como de alta peligrosidad, se trataría de un límite que las personas deben haber internalizado para determinar sus acciones en pro de mantenerse a salvo a sí mismas y a sus pertenencias.
Este modo de pensar puede ser cuestionado. Podría objetarse, por ejemplo, por qué no se ejecutan las medidas necesarias para garantizar la integridad de las personas y de sus pertenencias en lugar de atribuirles toda la responsabilidad de mantener a salvo su propio bienestar, medidas que corresponderían en primera instancia a los organismos de seguridad del Estado, o por qué no se generan oportunidades y educación suficientes como para que la delincuencia no se convierta en la vía de enriquecimiento y ascenso para los criminales.
Ambas cosas fácilmente pueden entrar en el sistema de expectativas legítimas del ciudadano promedio de una sociedad occidental en pleno inicio de siglo XXI, pero particularmente en un sistema de necesidades que se esperan sean atendidas por un Estado interesado en garantizar la seguridad, bienestar e integridad de la población a la que se encuentra asociado en el límite de sus posibilidades. Después de todo, la existencia de garantías de este tipo son algunos de los elementos que podrían caracterizar a una sociedad relativamente funcional donde el nivel de calidad de vida sea por lo menos tolerable.
¿Un mundo justo?
Volviendo a lo que es la culpabilización a la víctima, uno de los modelos que más se usan para explicarla es la llamada “hipótesis del mundo justo” propuesta por el psicólogo social Melvin J. Lerner y publicada por primera vez en su libro La creencia en un mundo justo: una ilusión fundamental (1981). Lerner propuso esta hipótesis después de ver en repetidas oportunidades cómo las víctimas eran culpadas de su propio sufrimiento, y de sorprenderse de cómo sus estudiantes parecían ignorar o subestimar las fuerzas estructurales que contribuyen a la pobreza.
Como resumen, Barreiro y Zubieta (2006), la hipótesis que propone Lerner establece que las personas necesitamos creer que el mundo es un lugar justo para así comprender el entorno físico y social como un ambiente ordenado y controlado (p. 175). Creer que el mundo es un lugar justo es creer que nuestros actos y los actos de los demás tendrán consecuencias de acuerdo a lo que nosotros o los otros merecen por dichas acciones.
La creencia en un mundo justo actuaría como un sesgo cognitivo en las personas, sesgo que ofrecería una especie de efecto protector frente a la realidad, puesto que elimina o disminuye el azar en favor de una mayor sensación de control sobre el entorno. Es un mecanismo asociado a una determinada concepción de mundo, uno donde a las personas buenas les sucederían cosas buenas y a las personas malas, cosas malas.
Si se aplica a los casos de asalto sexual y violencia de género en general, la hipótesis del mundo justo señalaría que la víctima actuó de modo tal que merece el hecho que sufre. Una persona con este sesgo cognitivo fuertemente arraigado podría argumentar que la persona, consciente o inconscientemente, hizo los méritos necesarios para convertirse en víctima, una perspectiva que ignora el papel del atacante y el contexto sociocultural en que se desarrolla el hecho.
Hablando del contexto sociocultural, la hipótesis del mundo justo tendría un notable influjo a lo interno de las sociedades más individualistas, que “hacen énfasis en rasgos o disposiciones de las personas por sobre características de la situación o el contexto a la hora de explicar conductas” (Barreiro y Zubieta, 2006, p. 179). De este modo, la hipótesis del mundo justo encajaría en el proceso de individualización que ha marcado a las sociedades occidentales desde la llegada de la Modernidad.
Atribuciones defensivas
Por último, la creencia en el mundo justo no actuaría sola detrás de la culpabilización a la víctima, sino que se complementa con la llamada “hipótesis de las atribuciones defensivas”, que es otra propuesta de la psicología social con implicaciones similares a la que hemos abordado y que fue formulada originalmente por Walster en 1966.
Esta hipótesis propone que el grado de culpabilización de una persona a otra es inversamente proporcional a la percepción de similitud de la persona que atribuye la culpa respecto al sujeto culpabilizado. Es decir, mayor será la culpa que le brindaremos a la otra persona entre más distinta la percibamos de nosotros mismos.
Según Maes (1994), la racionalidad básica de la hipótesis de las atribuciones defensivas es que los observadores quieren mantener la idea de que tienen control sobre sus propias vidas al considerar a las víctimas como responsables de su propio dolor señalando fallas o descuidos de su parte y marcando así la diferenciación entre observador y observado (p. 70). De este modo, los observadores se sugestionan a ellos mismos, convenciéndose de que aquello que ha sufrido la víctima no les sucederá.
Este es otro sesgo cognitivo que le ofrece al observador un efecto protector sobre su realidad, el observador puede evitar culparse a sí mismo si llega a estar en una situación similar en el futuro.
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De fondo, los dos sesgos cognitivos a los que nos hemos aproximado en esta oportunidad son recursos y maneras a disposición de la mente para organizar e interactuar con la realidad. Por un lado, y como se dijo anteriormente, concebir la cotidianidad en términos de un mundo justo agrega elementos de predictibilidad y linealidad a lo que ocurre a nuestro alrededor, lo que facilita nuestra gestión de los acontecimientos y nuestras acciones frente a ellos con todo lo que eso implica.
Por su parte, el acto de diferenciarnos de una víctima o víctimas específicas, explicada por la hipótesis de las atribuciones defensivas, sería un modo de prevenir un terrible sentimiento de culpa y perturbación; de no hacer dicha diferenciación, podríamos entrar en un escenario donde nos identifiquemos con la víctima y podamos culparnos a nosotros mismos en caso de ser objeto de una situación igual o similar.
En “Venganza”, estos sesgos cognitivos se manifiestan mediante la referencia a un escenario imaginario pero totalmente factible, donde entra en juego la culpabilización a la víctima, que en este caso sería una mujer víctima de violencia de género, un ámbito que no es ajeno a este modo específico de distribución de las responsabilidades y que tiende a minimizar al individuo, individuos o colectividades verdaderamente responsables.
Bibliografía
Barreiro, A., & Zubieta, E. (2006). Percepción social y creencia en el mundo justo. Un estudio con estudiantes argentinos. Revista de Psicología de la PUCP, 175-196. Recuperado el 14 de septiembre de 2021, de https://www.redalyc.org/pdf/3378/337829537002.pdf
Maes, J. (1994). Blaming the victim: belief in control or belief in justice? Social Justice Research, 69-90. Recuperado el 14 de septiembre de 2021, de https://www.researchgate.net/publication/225261119_Blaming_the_victim_Belief_in_control_or_belief_in_justice